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Guía fiscal 2025: Impuestos para empleados y negocios

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Resumen inicial y orientación Para el año 2025, tanto los empleados como las compañías siguen lidiando con una mezcla de gravámenes directos e indirectos, junto con las contribuciones a la seguridad social, que en conjunto definen la verdadera presión tributaria. Si bien la estructura fundamental se asemeja a la de ejercicios previos, las diferencias por región, las modificaciones específicas y los beneficios fiscales por sector modifican los desenlaces definitivos. A continuación, se detalla, mediante ejemplos y situaciones reales, qué impuestos inciden en cada clase de contribuyente en España y cómo estimar de forma aproximada la carga impositiva y los gastos asociados a la mano de obra.

Impuestos y aportaciones que afectan a los trabajadores por cuenta ajenaRetenciones de IRPF: el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas es progresivo. Las empresas practican retenciones mensuales sobre la nómina en función del salario bruto, la situación familiar, desgravaciones y reducciones aplicables. El porcentaje concreto depende de la escala estatal y autonómica y de la cifra final anual estimada. – Cotizaciones a la Seguridad Social: el trabajador paga una parte de las cotizaciones (contingencias comunes, desempleo, formación profesional, etc.) que se descuenta de la nómina. La empresa paga la parte patronal, que aumenta significativamente el coste laboral total. – Impuestos municipales sobre nóminas y prestaciones: en general no existen impuestos municipales directos sobre salarios, pero sí tributos que afectan indirectamente (tasas por servicios, tributos municipales sobre inmuebles ligados a la vivienda, etc.). – Impuesto sobre la Renta de no Residentes: si el trabajador es no residente fiscal, la tributación será diferente y se aplican retenciones específicas.

Ilustración de un caso para un empleado por cuenta ajena Situación: sueldo bruto anual de 30.000 €. – Aportación del empleado (estimada): 6,35% del total bruto, lo que equivale a 1.905 € al año. – Deducción de IRPF calculada (referencia, sujeta a condiciones): 13%, resultando en 3.900 € anuales. – Cantidad neta aproximada recibida: 30.000 − 1.905 − 3.900 = 24.195 €. – Gasto total para la compañía: sueldo bruto + contribuciones empresariales (aproximadamente 30% del bruto como guía) → 30.000 + 9.000 = 39.000 €.

Tenga en cuenta: los porcentajes de cotización y retención son solo una guía; la contribución del empleador generalmente oscila entre el 25% y el 35%, dependiendo del acuerdo y la modalidad contractual. Para obtener datos precisos, consulte la legislación actual y la nómina.

Obligaciones fiscales y cargas para trabajadores por cuenta propia (profesionales y empresarios individuales)Cuota de autónomos: aportación a la Seguridad Social cuya cuantía depende de la base de cotización seleccionada y las tarifas actuales. A partir de 2023 se implementó un esquema de cotización más escalonado, y en 2025 continúa su fase de adaptación: el importe puede fluctuar considerablemente por cada segmento. – IRPF de autónomos: gravan sus ingresos derivados de actividades económicas. Tienen la obligación de realizar pagos a cuenta (cada trimestre) y ajustar su situación en la declaración anual. Se distinguen regímenes simplificados (módulos) y ordinarios. – IVA: aplican el Impuesto sobre el Valor Añadido en sus facturas (tipo general 21%, reducido 10%, superreducido 4%) y presentan declaraciones trimestrales (liquidación: abonar la diferencia o pedir la devolución). En el caso de servicios a clientes profesionales, es posible aplicar una retención de IRPF en la factura (por ejemplo, 15% estándar, 7% durante los primeros años de actividad). – Deducciones y gastos: los trabajadores autónomos pueden desgravar los desembolsos indispensables para su labor (suministros, insumos, espacio de trabajo, amortizaciones) conforme a las normativas de asignación y proporción.

Ejemplo ilustrativo para un autónomo Caso: ingresos 40.000 €, gastos deducibles 10.000 €. – Base imponible IRPF: 30.000 €. – Pago fraccionado IRPF (ejemplo 15%): 4.500 € (trimestralmente según resultado fiscal). – Cuota de autónomos: si se toma una cuota media hipotética de 350 €/mes → 4.200 € anuales. – IVA: repercute 21% sobre ventas; si las compras soportan IVA deducible, se compensa en los trimestrales.

Impuestos y obligaciones principales de las empresas (sociedades)Impuesto sobre Sociedades: grava los beneficios de las sociedades. El tipo general en España ha sido del 25%; existen tipos reducidos para nuevas sociedades (por ejemplo, tipo reducido en el primer período impositivo con resultados positivos) y regímenes especiales para cooperativas, entidades de reducida dimensión y otras figuras. La base imponible se calcula a partir del resultado contable, ajustado fiscalmente. – Cotizaciones sociales: la empresa soporta la mayor parte de las cotizaciones por sus trabajadores (parte patronal), que incrementan el coste laboral. – IVA e impuestos indirectos: la empresa repercute y soporta IVA; además, puede estar sujeta a impuestos especiales (hidrocarburos, alcohol, tabaco), impuestos ambientales o tasas sectoriales. – Tributos locales: IBI sobre bienes inmuebles, impuesto sobre actividades económicas (IAE) para grandes empresas y quizá plusvalía municipal cuando vende inmuebles. – Retenciones: retenciones practicadas a trabajadores y a determinados pagos (arrendamientos, profesionales) que la empresa declara y satisface a la hacienda pública.

Ejemplo práctico para una PYME Caso: beneficio contable antes de impuestos 100.000 €. – Ajustes fiscales: deducciones y diferencias temporarias (amortizaciones, provisiones) reducen la base; pero en este ejemplo se asume base fiscal similar. – Impuesto sobre Sociedades (tipo general 25%): 25.000 €. – Resultado neto tras impuesto: 75.000 €. – Si la empresa aplica deducciones por I+D+i, inversión en Canarias, o incentivos a la contratación, la cuota efectiva puede descender significativamente.

IVA y otros gravámenes indirectosIVA: las tasas actuales que se aplican son: la general (21%), la reducida (10%) y la superreducida (4%). Las transacciones dentro de la comunidad, las exportaciones y algunas operaciones exentas poseen regímenes particulares. – Gravámenes específicos: impuestos que recaen sobre combustibles, energía eléctrica, cigarrillos, bebidas con alcohol, entre otros. Estos impactan a ciertos segmentos y se reflejan en el costo final. – Impuestos sobre operaciones y bienes: el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) para las ventas y compras entre individuos, y el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, cuya regulación varía según la autonomía.

Retenciones, calendarios y obligaciones formalesCumplimiento mensual y trimestral: Se deben realizar retenciones e ingresos a cuenta (modelo 111, 115, 303 para IVA, 202 o fraccionados para Sociedades según corresponda) en periodos establecidos. El calendario fiscal establece las responsabilidades: trimestrales para el IVA y el IRPF de los trabajadores por cuenta propia, así como modelos anuales y declaraciones informativas. – Declaración anual de la renta: Los empleados que residen en el país suelen presentar su declaración de IRPF entre abril y junio del año subsiguiente. Las compañías deben presentar el Impuesto sobre Sociedades en los 25 días naturales posteriores a los seis meses siguientes al cierre de su ejercicio fiscal. – Sanciones e intereses: Los errores y demoras pueden generar recargos, penalizaciones e intereses por mora; la rectificación voluntaria disminuye las posibles sanciones.

Estímulos fiscales y desgravaciones importantes para 2025 – Desgravaciones por I+D+i, generación de puestos de trabajo, inversión en áreas con un régimen fiscal ventajoso, y bonificaciones para la contratación de personal. Las pequeñas y medianas empresas (pymes) habitualmente utilizan beneficios fiscales por innovación y deducciones a nivel autonómico. – Estímulos para la inversión y una amortización más rápida para ciertos bienes de producción. – Iniciativas particulares (subvenciones gubernamentales) que a menudo exigen el cumplimiento de normativas fiscales y contables para su compatibilidad.

Situaciones particulares y aspectos internacionalesEmpleado transfronterizo o no residente: se aplican acuerdos para prevenir la doble tributación; la deducción fiscal podría variar. – Empresas multinacionales y valoración de transferencias: requisitos de documentación y ajustes en transacciones entre filiales; supervisión por parte de la autoridad fiscal para evitar la disminución de la base imponible. – Transacciones con IVA intracomunitario: sistema específico para compras y ventas dentro de la comunidad, facturación digital y exigencias de informes (por ejemplo, el modelo 349).

Cómo planificar fiscalmente en 2025 (prácticas y recomendaciones) 1. Revisar la situación personal y familiar para ajustar la retención de IRPF y evitar pagos inesperados en la campaña de la renta. 2. Para autónomos, documentar y clasificar bien los gastos deducibles y elegir el régimen más adecuado (estimación directa, módulos, etc.). 3. Para empresas, planificar inversión y empleo con visión fiscal para aprovechar deducciones por I+D+i y bonificaciones a la seguridad social. 4. Llevar una contabilidad ordenada, con soporte documental, y revisar mensualmente IVA y obligaciones de retenciones

Por Otilia Adame Luevano

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